¿Qué es el Servicio de Acueducto?
El servicio de acueducto comprende la captación de agua cruda, su potabilización y su distribución domiciliaria a través de redes hidráulicas. Es uno de los servicios públicos domiciliarios esenciales definidos en la Ley 142 de 1994 y es prestado por empresas públicas, privadas o mixtas denominadas Empresas Prestadoras de Servicios (EPS).
Sistema Urbano
En las cabeceras municipales, el servicio es prestado generalmente por empresas de servicios públicos con infraestructura de mayor escala: plantas de tratamiento de agua potable (PTAP), macromedición, redes matrices y redes de distribución domiciliaria. Las ciudades capitales cuentan con sistemas de alta complejidad y cobertura.
Sistema Rural
En zonas rurales y centros poblados, el servicio puede prestarlo el municipio directamente o a través de acueductos comunitarios, Juntas de Acción Comunal y asociaciones de usuarios. Los sistemas suelen ser de menor escala, con tratamiento básico (cloración) y redes de menor presión. El Gobierno nacional impulsa programas como "Agua y Saneamiento para la Prosperidad" (Decreto 1477 de 2022) para cerrar brechas.
Componentes clave del sistema de acueducto
Extracción de agua superficial (ríos, embalses) o subterránea (pozos). Requiere concesión de aguas otorgada por la Corporación Autónoma Regional.
Transporte del agua cruda desde la fuente hasta la planta de tratamiento mediante tuberías o canales.
Proceso de potabilización que convierte el agua cruda en agua apta para consumo humano, cumpliendo el Decreto 1575 de 2007.
Tanques y reservorios que regulan la presión y garantizan continuidad del servicio.
Conjunto de tuberías matrices, secundarias y terciarias que llevan el agua hasta los barrios y predios.
Derivación de la red pública que conecta la tubería principal con el inmueble del usuario. El medidor (micromedidor) registra el consumo.
Rol de las EPS: Las Empresas Prestadoras de Servicios son responsables de operar, mantener y ampliar la infraestructura del acueducto. Deben registrarse en el SUI y reportar indicadores de calidad, continuidad y eficiencia a la SSPD. Su tarifa es regulada por la CRA.
Marco Legal y Regulación
El servicio de acueducto en Colombia está sustentado en un robusto marco normativo que distribuye funciones entre el Estado, los reguladores y los operadores privados o públicos.
Constitución Política (Arts. 365–370)
Establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y deben prestarse de forma eficiente a todos los habitantes. Faculta a los municipios para prestarlos directamente o mediante contratos con particulares.
Fuente: Constitución Política de Colombia, 1991
Ley 142 de 1994
Ley de Servicios Públicos Domiciliarios. Regula la prestación de acueducto, alcantarillado, aseo, energía, gas y telefonía. Define los derechos de los usuarios, el régimen tarifario, la libre competencia y el control estatal. Es la norma madre del sector.
Fuente: Congreso de la República de Colombia
Resolución 0330 de 2017 (MVCT)
Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS). Establece los requisitos técnicos mínimos para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de sistemas de acueducto, alcantarillado y aseo.
Fuente: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Decreto 1575 de 2007
Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano. Establece las características físicas, químicas y microbiológicas que debe cumplir el agua potable distribuida en Colombia. Crea el Índice de Riesgo de la Calidad del Agua (IRCA).
Fuente: Ministerio de Protección Social
Entidades rectoras del sector
SSPD — Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Inspecciona, vigila y controla a las empresas prestadoras. Recibe quejas de usuarios y puede sancionar o intervenir empresas incumplidoras. Portal: superservicios.gov.co
CRA — Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
Regula monopolios naturales, fija metodologías tarifarias, promueve la competencia y protege los derechos de usuarios. Portal: cra.gov.co
MVCT — Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Formula la política sectorial, gestiona los recursos de inversión (Plan de Agua), y coordina la asistencia técnica a municipios. Portal: minvivienda.gov.co
Cobertura del Agua en Colombia
Colombia ha avanzado significativamente en la cobertura de agua potable en las últimas dos décadas, aunque persisten brechas importantes entre zonas urbanas y rurales, y entre departamentos.
Datos: DANE — Encuesta Nacional de Calidad de Vida (ECV) 2023 y OMS/UNICEF — Joint Monitoring Programme 2023
Avances de la última década
- Entre 2010 y 2023, la cobertura urbana aumentó 6.2 puntos porcentuales (DANE).
- La cobertura rural creció 12.4 pp en el mismo período, impulsada por los programas del Plan de Agua del MVCT.
- Colombia superó la meta de los ODM en zonas urbanas, pero mantiene deuda en lo rural.
- El Gobierno ha invertido más de $6 billones de pesos en agua y saneamiento en 2020–2024 (DNP).
Fuente: DANE ECV 2023, DNP, MVCT
Departamentos con mayor cobertura
- Bogotá D.C.: 99.5%
- Antioquia: 93.2%
- Valle del Cauca: 91.8%
- Risaralda: 91.1%
Departamentos con menor cobertura
- Vaupés: 28.5%
- Chocó: 33.1%
- La Guajira: 39.8%
- Amazonas: 41.2%
Fuente: DANE ECV 2023
Estándares de Calidad del Agua
La calidad del agua para consumo humano en Colombia es controlada mediante el Índice de Riesgo de la Calidad del Agua (IRCA), creado por el Decreto 1575 de 2007 y la Resolución 2115 de 2007 del Ministerio de Salud y Protección Social.
¿Qué es el IRCA?
El IRCA es el grado de riesgo de ocurrencia de enfermedades relacionadas con el no cumplimiento de las características físicas, químicas y microbiológicas del agua. Se expresa en porcentaje: a mayor valor del IRCA, mayor riesgo para la salud.
| Rango IRCA (%) | Nivel de Riesgo | ¿Es apta para consumo? | Acción requerida |
|---|---|---|---|
| 0 – 5 | Sin riesgo | Sí | Continuar vigilancia de rutina |
| 5.1 – 14 | Riesgo bajo | Sí, con precaución | Información a la comunidad; medidas correctivas menores |
| 14.1 – 35 | Riesgo medio | No recomendada | Gestión correctiva por autoridad sanitaria |
| 35.1 – 80 | Riesgo alto | No apta | Suspensión del uso; medidas urgentes |
| 80.1 – 100 | Inviable sanitariamente | No apta | Declaratoria de emergencia sanitaria |
Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social — Resolución 2115 de 2007
Proceso de Tratamiento del Agua Potable
Se añaden coagulantes (sulfato de aluminio) que aglutinan las partículas en suspensión.
Agitación lenta que forma flóculos de mayor tamaño, facilitando su separación.
Los flóculos se asientan en el fondo de los decantadores por gravedad.
El agua pasa por capas de arena y grava que retienen partículas residuales.
Adición de cloro u otros desinfectantes para eliminar microorganismos patógenos. Proceso mandatorio según Decreto 1575/2007.
Entidades que monitorean la calidad del agua: Instituto Nacional de Salud (INS), IDEAM (Estudio Nacional del Agua), secretarías departamentales y municipales de salud, Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) y las propias empresas prestadoras.
Tarifas y Estratificación Socioeconómica
Aviso: Esta página no fija ni publica tarifas de servicios públicos. Las tarifas son fijadas por cada empresa prestadora conforme a la metodología de la CRA y varían por municipio. Consulte su factura o a su empresa prestadora para conocer los valores aplicables a su caso.
La factura de agua en Colombia integra el sistema de estratificación socioeconómica con un esquema de subsidios cruzados, mediante el cual los usuarios de estratos altos financian parcialmente el consumo de los estratos bajos.
Estratos y sus condiciones tarifarias
Los porcentajes de subsidio y contribución son máximos establecidos por la Ley 142/1994 y resoluciones de la CRA. Pueden variar según el municipio.
Componentes de la Factura de Agua
Cargo Fijo
Cubre los costos de administración del servicio, independientemente del consumo. Se cobra aunque no se consuma agua. Está regulado por la CRA.
Cargo Variable (por m³)
Refleja el costo del agua consumida medida en metros cúbicos (m³). Incluye costos de captación, tratamiento y distribución.
Alcantarillado
Servicio complementario de recolección y tratamiento de aguas residuales. Se cobra generalmente como porcentaje del consumo de agua o con cargos propios.
Subsidio o Contribución
Según el estrato, se aplica descuento (subsidio) o recargo (contribución solidaria) sobre el cargo fijo y variable, dentro del consumo básico definido por la CRA.
Fijación de tarifas (CRA): La CRA establece metodologías tarifarias que definen los costos máximos que puede cobrar un prestador. Cada empresa calcula su tarifa aplicando dicha metodología a sus costos reales, previo estudio tarifario auditado. Las tarifas se actualizan periódicamente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Principales Operadores de Acueducto en Colombia
Colombia cuenta con más de 2.800 prestadores registrados en el SUI (Sistema Único de Información), entre empresas públicas, privadas, mixtas y organizaciones comunitarias.
EAAB — Empresa de Acueducto de Bogotá
Presta el servicio a más de 2,8 millones de suscriptores en Bogotá y municipios vecinos. Es la mayor empresa de agua del país. Portal: acueducto.com.co
EPM — Empresas Públicas de Medellín
Opera el sistema de agua del Área Metropolitana del Valle de Aburrá. Referente regional en gestión eficiente y cobertura. Portal: epm.com.co
EMCALI — Empresas Municipales de Cali
Empresa de servicios públicos de Cali que atiende el sistema de acueducto de la capital vallecaucana. Portal: emcali.com.co
Triple A — Aguas de Barranquilla
Empresa de economía mixta que presta los servicios de acueducto y alcantarillado en Barranquilla. Portal: aaa.com.co
Aguas de Manizales (AMAG)
Prestador oficial de acueducto en Manizales, capital del departamento de Caldas. Reconocido por eficiencia operativa.
Aguas de Cartagena S.A. ESP
Opera el servicio de acueducto en Cartagena de Indias. Empresa de economía mixta entre el Distrito de Cartagena y el operador privado Agbar. Portal: aguasdecartagena.com.co
Tipos de Operadores
- Públicos: Son empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) o sociedades por acciones con mayoría estatal.
- Privados: Operan bajo contrato con municipios; están sujetos a la misma regulación tarifaria que los públicos.
- Mixtos: Tienen participación de capital público y privado, lo que combina eficiencia empresarial con interés social.
Acueductos Comunitarios
Son asociaciones de usuarios que administran el servicio en zonas rurales y periurbanas donde los grandes operadores no tienen presencia. Son cruciales para la cobertura rural: atienden aproximadamente el 30% de la población rural del país. El Decreto 1898 de 2016 estableció el marco para su formalización y operación legal.
Fuente: MVCT, Decreto 1898 de 2016
Retos y Futuro del Servicio de Acueducto
A pesar de los avances, el sector hídrico colombiano enfrenta desafíos estructurales que requieren inversión, gobernanza y adaptación al cambio climático.
Agua No Contabilizada (ANC)
Las pérdidas técnicas (fugas) y comerciales (conexiones fraudulentas, errores de micromedición) representan en promedio el 40% del agua producida en Colombia, una cifra muy superior al estándar internacional del 20%. Reducir el ANC es prioritario para la sostenibilidad financiera de los prestadores.
Fuente: SSPD — Informe Sectorial 2022
Cambio Climático
Según el Estudio Nacional del Agua (IDEAM 2022), el cambio climático podría reducir la disponibilidad hídrica en un 15–25% en cuencas como el Magdalena para 2050. Los fenómenos del Niño y la Niña generan episodios de escasez y exceso que afectan la continuidad del servicio.
Fuente: IDEAM — Estudio Nacional del Agua 2022
Necesidades de Inversión
El DNP (Departamento Nacional de Planeación) estimó que Colombia necesita invertir aproximadamente $46 billones de pesos hasta 2030 para alcanzar la cobertura universal de agua y saneamiento, especialmente en zonas rurales y ciudades intermedias.
Fuente: DNP — Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026
Brechas Rurales
Existe una brecha de 31 puntos porcentuales entre la cobertura urbana (87.8%) y la rural (56.4%). Las comunidades indígenas, afrocolombianas y zonas de posconflicto presentan los mayores rezagos. El programa "Colombia Rural Sostenible" busca cerrar estas brechas.
Fuente: DANE ECV 2023, MVCT
ODS 6 — Agua Limpia y Saneamiento: Colombia firmó el compromiso de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y tiene como meta garantizar el acceso universal y equitativo a agua potable segura y asequible para 2030. Los progresos son monitoreados por el DANE, el MVCT y el Sistema de Seguimiento del Plan de Desarrollo (SINERGIA).
Cómo Reportar Problemas o Presentar Quejas
Como usuario del servicio de acueducto, tiene derecho a presentar peticiones, quejas y recursos (PQR) ante su empresa prestadora y, si no obtiene respuesta, ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD).
Esta sección solo orienta a los usuarios hacia canales oficiales del Estado colombiano. No prestamos ningún servicio de intermediación ni asesoría legal.
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Paso 1: Contacte directamente a su empresa prestadora
Toda EPS debe tener una oficina de atención al usuario (presencial, telefónica o virtual). Tiene la obligación de responder su PQR en un plazo máximo de 15 días hábiles (Art. 158, Ley 142/1994).
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Paso 2: Registre la queja en la SSPD — SuperServicios
Si la empresa no responde o la respuesta no es satisfactoria, puede escalar su queja al portal oficial: superservicios.gov.co — sección "Radicar Petición o Queja".
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Paso 3: Consulte el SUI para información del prestador
El Sistema Único de Información (SUI) permite verificar si su prestador está legalmente registrado, consultar indicadores de calidad y acceder a información de contratos y tarifas. Ingrese en: sui.superservicios.gov.co
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Paso 4: Acuda a la Defensoría del Pueblo o Personería Municipal
Si el problema involucra violación de derechos fundamentales (acceso al agua como derecho vital mínimo), puede presentar una acción de tutela ante cualquier juez de la República.
Portal SSPD (SuperServicios)
Radique quejas, consulte el estado de su reclamación y acceda al historial de sanciones de las empresas prestadoras.
www.superservicios.gov.co ↗SUI — Sistema Único de Información
Consulte indicadores técnicos, financieros y de calidad de su empresa de acueducto. Disponible para ciudadanos sin registro previo.
sui.superservicios.gov.co ↗Línea gratuita SSPD
La Superintendencia dispone de una línea de atención ciudadana gratuita para orientación sobre servicios públicos domiciliarios desde todo el país.
01 8000 910 090
Preguntas Frecuentes
Respuestas a las dudas más comunes de los usuarios del servicio de acueducto en Colombia, con base en la normativa vigente.
Si su servicio está interrumpido sin previo aviso, contacte inmediatamente a su empresa prestadora (EPS) para reportar la novedad. Tiene derecho a una respuesta en un tiempo razonable. Si la interrupción supera las 24 horas sin justificación, puede exigir descuento proporcional en su factura (Art. 130, Ley 142/1994).
Para interrupciones prolongadas que afecten su salud, puede solicitar el "mínimo vital de agua" a su municipio. La Corte Constitucional (T-546/09, T-239/11) ha establecido que el Estado debe garantizar al menos 50 litros de agua por persona por día cuando hay vulneración de derechos fundamentales.
Su tarifa se compone de: (1) Cargo fijo: cobro mensual independiente del consumo; (2) Cargo variable: calculado multiplicando los m³ consumidos por el precio por m³ definido por su prestador, conforme a la metodología de la CRA; (3) Alcantarillado: cobro por el servicio de recolección de aguas residuales.
Si pertenece a los estratos 1 o 2, se aplica un subsidio sobre el cargo fijo y el consumo básico. Si pertenece al estrato 5 o 6, paga una contribución solidaria adicional. La tarifa exacta varía por municipio y empresa.
Si nota cambios en el color, sabor, olor o turbiedad del agua, repórtelo primero a su empresa prestadora. Si el problema persiste, notifique a la Secretaría de Salud municipal o departamental, que tiene la obligación de tomar muestras y verificar el IRCA.
También puede consultar los informes de calidad del agua en el portal del Instituto Nacional de Salud (INS): ins.gov.co. El INS publica anualmente el "Informe Nacional de la Calidad del Agua para Consumo Humano".
El Índice de Riesgo de la Calidad del Agua (IRCA) es un indicador oficial colombiano creado por el Decreto 1575 de 2007 y la Resolución 2115 de 2007 del Ministerio de Salud. Mide en porcentaje (0–100%) el riesgo de enfermedades derivadas del incumplimiento de los estándares de calidad del agua potable.
Un IRCA de 0–5% significa "sin riesgo"; un IRCA superior al 80% indica que el agua es "inviable sanitariamente". Su empresa prestadora tiene la obligación de mantener un IRCA en la categoría "sin riesgo" o "riesgo bajo".
Sí. La Ley 142 de 1994 permite la suspensión del servicio por falta de pago después de dos periodos de facturación consecutivos sin pago. Sin embargo, la suspensión debe hacerse cumpliendo el debido proceso: notificación previa y plazo para ponerse al día.
Excepciones importantes: Los usuarios en condición de vulnerabilidad manifiesta, hospitales, centros de salud, bomberos y establecimientos educativos públicos tienen protección especial contra la suspensión. En caso de suspensión irregular, puede interponer un recurso de reposición ante la empresa (Art. 154, Ley 142/1994).
La Ley 142 de 1994 reconoce a los usuarios de servicios públicos, entre otros, los siguientes derechos:
- Obtener el servicio en condiciones de calidad, continuidad y presión adecuadas.
- Recibir facturas claras, detalladas y oportunas.
- Presentar peticiones, quejas y recursos ante la empresa.
- Obtener respuesta oportuna a sus reclamaciones.
- No ser suspendido sin previo aviso y sin cumplir el debido proceso.
- Obtener descuentos proporcionales por interrupciones injustificadas del servicio.
- Acceder a información sobre tarifas, indicadores de calidad y contratos.
Un acueducto comunitario es una organización social (asociación de usuarios, JAC, cooperativa) que opera y administra un sistema de agua en zonas rurales o periurbanas donde los grandes operadores no tienen cobertura. Se estima que en Colombia existen más de 12.000 acueductos comunitarios, que atienden aproximadamente el 30% de la población rural.
El Decreto 1898 de 2016 del MVCT establece el marco para su reconocimiento legal, asistencia técnica y fuentes de financiación. Para formalizarse, deben inscribirse en la Cámara de Comercio y registrarse en el SUI ante la SSPD.
Puede verificar el estado legal de su prestador de acueducto ingresando al Sistema Único de Información (SUI): sui.superservicios.gov.co. En ese portal encontrará el registro de todos los prestadores del país, su NIT, municipios atendidos, tipo de empresa e indicadores de gestión.
Todo prestador de servicios públicos domiciliarios que atienda a más de 2.500 suscriptores tiene la obligación de reportar información al SUI. Los prestadores más pequeños deben registrarse ante la Alcaldía municipal.
Glosario de Términos
Definiciones claras de los principales términos técnicos y legales del sector de agua y saneamiento en Colombia.
- SSPD
- Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Entidad del Estado que inspecciona, vigila y controla a las empresas prestadoras de servicios públicos. Recibe quejas de usuarios.
- CRA
- Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico. Regula los monopolios naturales del sector y establece las metodologías para el cálculo de tarifas de acueducto y alcantarillado.
- MVCT
- Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Formula la política sectorial de agua potable, saneamiento básico y vivienda en Colombia.
- IRCA
- Índice de Riesgo de la Calidad del Agua para Consumo Humano. Indicador (0–100%) que mide el riesgo para la salud derivado del incumplimiento de estándares de calidad del agua potable. Creado por el Decreto 1575/2007.
- EPS
- Empresa Prestadora de Servicios Públicos. En el contexto del agua, es la entidad pública, privada o mixta que opera el sistema de acueducto y/o alcantarillado y cobra la tarifa correspondiente.
- SUI
- Sistema Único de Información de Servicios Públicos. Plataforma tecnológica de la SSPD donde todas las EPS reportan información técnica, financiera y comercial. Permite a ciudadanos consultar indicadores de su prestador.
- Estrato socioeconómico
- Clasificación de los inmuebles en Colombia en seis categorías (1 al 6) según características del barrio y la vivienda. Determina la aplicación de subsidios (estratos 1-2) o contribuciones (estratos 5-6) en la factura de servicios públicos.
- Cargo Fijo
- Componente de la factura de acueducto que cubre los costos de administración del servicio, independientemente del volumen de agua consumida. Debe pagarse aunque no haya consumo.
- Cargo Variable
- Componente de la factura calculado en función del volumen de agua consumido (m³). Refleja los costos directos de producción y distribución del agua potable.
- Acometida domiciliaria
- Derivación de la red pública de acueducto que conecta la tubería de distribución con el medidor (micromedidor) instalado en el inmueble del usuario. Es el punto de entrega oficial del servicio.
- Alcantarillado
- Sistema de tuberías y estructuras que recolectan y transportan las aguas residuales domésticas e industriales desde los inmuebles hasta las plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR).
- Vertimiento
- Descarga de aguas residuales tratadas o sin tratar a un cuerpo de agua (río, lago, mar) o al suelo. Requiere permiso de vertimiento otorgado por la Corporación Autónoma Regional (CAR).
- Concesión de Aguas
- Derecho otorgado por la autoridad ambiental (CAR) a una persona natural o jurídica para usar el agua de una fuente superficial o subterránea. Sin concesión, el uso del agua es ilegal.
- PGIRS
- Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos. Instrumento de planificación municipal para la gestión de residuos sólidos, complementario al sistema de acueducto y alcantarillado.
- PSMV
- Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos. Instrumento que deben presentar los municipios y las EPS ante la CAR, describiendo las acciones para reducir la contaminación de fuentes hídricas por aguas residuales.
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Última actualización del contenido: 9 de abril de 2026
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